
Canarias debe participar en las decisiones migratorias del Estado
Desde Nueva Canarias reivindicamos el derecho que tiene las islas a participar en las decisiones de Estado en política migratoria. Solicitamos que la inminente Comisión Bilateral Canarias-Estado aborde el cumplimiento del artículo 144.3 del Estatuto y la crisis de los menores no acompañados.
Desde Nueva Canarias reconocemos que que se ha avanzado con la derivación de las personas adultas pero reprochamos al Gobierno del Estado que siga “sin contar con nosotros” para tomar decisiones en esta materia.
Ratificamos la necesidad de reivindicar al Gobierno de Pedro Sánchez el cumplimiento del artículo 144.3 del Estatuto. Una demanda que, tal y como insistió, se debe abordar en la Comisión Bilateral que se reunirá, en las islas, en las próximas semanas.
Canarias tiene que tener una política propia en esta materia y para ello, tienen que aplicarse todas las competencias y herramientas reconocidas por el Estatuto y otras normas.

Las decisiones migratorias que afectan a Canarias
Con la participación de la comunidad canaria en todas las decisiones, foros y órganos de la Administración del Estado, incluidos los del ámbito de la Unión Europea, el Archipiélago tendrá voz y capacidad de articular una posición específica en todas las esferas de esta realidad.
Desde las actuaciones en origen pasando por los convenios con terceros países, la lucha contra las mafias, los sistemas de detección, salvamento marítimo y acogida además de la “excluyente” interpretación de la ley del menor por parte del resto del Estado.
Por esta razón, creemos acertado que el Gobierno de Canarias plantee en la Comisión Bilateral la crisis de los menores no acompañados, de cuya tutela se encarga la comunidad canaria prácticamente en solitario.
“Si estamos comprometidos en que las derivaciones” de los menores “deben hacerse al conjunto” de los territorios del Estado, en un ejercicio de “solidaridad y responsabilidad”, demandamos el apoyo de los grupos del Parlamento con representación en las Cortes Generales cuando se aborde la modificación de la ley.